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Normativa Registral

NUEVA DTR 6/2024

A partir del trabajo iniciado por la Comisión Unificadora de Criterios de este Registro, entre otras cosas, se dictó la DTR 6/2024.

NUEVA DTR 6/2024

Esta misma modifica el art. 15 de la Disposición Técnico Registral N° 14 del año 2010, el que establece los requisitos que deben contener las minutas rogatorias para la registración de las escrituras de afectación al régimen de Propiedad Horizontal.

En su versión anterior, la norma exigía en su inciso g), la "Designación y aceptación del Administrador", recaudo que a partir de la sanción del Código Civil y Comercial de la Nación no resulta exigible.

Por tal motivo es que con la entrada en vigencia de esta nueva Disposición Técnico Registral, se deja de exigir la aceptación del cargo de administrador en la minuta rogatoria de afectación al régimen de Propiedad Horizontal.

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